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Martes, 5 de Mayo del 2020

INFORMES, DICTAMENES Y PERITAJES

Todos conocemos la labor de un arquitecto desde el punto de vista de la creatividad y el diseño. Pero dentro del ejercicio de la profesión, además de proyectar y dirigir las obras de construcción; también el ejercicio de la profesión consiste en Informar, dictaminar o peritar construcciones, obras o instalaciones en las diversas edificaciones existentes.

El arquitecto es un técnico competente para pronunciarse con efectos jurídicos en asuntos relacionados en su gran mayoría con patología edificatoria.

Ahora bien, existen distintos tipos de encargos de redacción de este tipo de documentos que ejemplificaré a continuación para que cuando se produce esa comunicación entre cliente/ afectado y Técnico o Letrado, las pautas estén suficientemente claras.

Cuando se habla de un Informe en realidad, si nos ajustamos a su definición y alcance, estaríamos hablando de una EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS DE MODO OBJETIVO sin llegar a definir causas ni alternativas de solución.

Es por ello que si se supera la exposición del problema y se define el origen del problema y cuáles serían las obras de reparación lo que se redacta es un Dictamen o Peritaje que contiene valoraciones personales del técnico redactor y que pueden ser rebatidas por otro técnico. Mientras que el Informe carece de apreciaciones particulares.

Como ejemplos de tipos de Dictámenes o Peritaciones podríamos citar:

· Determinación de causas de deficiencias constructivas.

· Valoración de obras de reparación.

· Comprobación del cumplimiento normativo.

· Determinación de cuestiones técnicas o económicas, en contratos, presupuestos, facturas, certificaciones, liquidaciones de obras.

· Acreditar la aptitud de una construcción.

Es posible que lo que se inicie como un Informe pase a ser un Dictamen.